Gerencia de Administración Tributaria

 

Gerente: CPC. MUÑOZ BUSTAMANTE SUSAN.

La Gerencia de Administración Tributaria es el órgano de administración interna de apoyo, responsable de la gestión, recaudación y fiscalización de los impuestos y tributos municipales, conforme a ley.

La Gerencia de Administración Tributaria está a cargo de un gerente, funcionario de confianza designado por el alcalde, con dependencia funcional y administrativa de la Gerencia Municipal.

La Gerencia de Administración Tributaria desarrolla las funciones siguientes:

  1. Planear, organizar, dirigir y controlar los procesos y las actividades relacionadas con la determinación, recaudación, fiscalización y la ejecución coactiva de los impuestos y tributos municipales, conforme a ley;
  2. Organizar, programar, controlar y supervisar el registro de contribuyentes, la determinación y actualización de las cuentas corrientes, y el archivo tributario de los contribuyentes en el ámbito provincial;
  3. Formular, proponer y aplicar normatividad que contribuyan a mejorar la fiscalización e incrementar la recaudación ordinaria y coactiva;
  4. Controlar los ingresos tributarios y emitir reportes estadísticos, reportes periódicos o según requerimiento,
  5. Programar, controlar y supervisar la emisión de las especies o documentos valorados, que se procesan en la Gerencia;
  6. Orientar al contribuyente en tributación municipal, sobre las obligaciones tributarias y no tributarias en la jurisdicción;
  7. Mantener actualizada las tablas de valores unitarios oficiales de impuestos y municipales en la jurisdicción,
  8. Supervisar los procesos de cobranza coactiva en la entidad, en el marco de sus competencias;
  9. Emitir constancias de no adeudo, según corresponda a su competencia;
  10. Organizar, ejecutar y evaluar la cobranza ordinaria, de conformidad con la normatividad nacional vigente y procedimientos internos de la municipalidad; así como mantener actualizadas las cuentas corrientes de los contribuyentes;
  11. Emitir órdenes de pago, resoluciones de determinación y multas tributarias y no tributarias, para su notificación a los contribuyentes;
  12. Atender las solicitudes para el otorgamiento de certificados domiciliarios, en coordinación con la Subgerencia de Fiscalización Tributaria y conforme a ley;
  13. Proyectar y emitir actos administrativos en el ámbito de su competencia, según corresponda, y;
  14. Otras funciones que se le asignen y correspondan.

Constituyen unidades orgánicas de tercer nivel organizacional, dependientes de la Gerencia de Administración Tributaria, las siguientes:

        1. Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria y
        2. Subgerencia de y Ejecución Coactiva.